Sistema de Consultas Electrónicas de la Ciudadanía - CECI
Versión 2.8.0
BÚSQUEDA DE INFORMES TÉCNICOS DE SERVIR
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Acumulación de tiempo de servicio
Compensación no económica
Competencias del TSC
Condiciones de trabajo
Consultas sobre Ley 31419
Denuncias
Derecho de defensa y asesoría
Derivación a otras áreas
Descansos
Desplazamiento
Huelga
Implementación de la LSC
Incompatibilidades
Ingreso de personal
Instrumentos de gestión
Jornada de trabajo
Licencias y permisos
Negociación colectiva
No aplica
No competencia de SERVIR
Progresión
Proyectos de Ley
Régimen disciplinario
Resoluciones judiciales y administrativas
Retribuciones
RNSSC
Sindicación
Terminación de relación laboral
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Diplomáticos
Docente universitario
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Fiscales
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Gerentes Públicos - DL 1024
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PAC
Penitenciario
Policía
Profesionales de la Salud
Profesorado y Magisterial
SERUMS
Otros
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En atención a lo señalado en los numerales 1, 3, 5 y 6 del artículo 17 del TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, se excluye la publicación de los informes técnicos que contienen: i) recomendaciones u opiniones sobre un proceso deliberativo y consultivo previo a la toma de una decisión de gobierno; ii) datos personales de los administrados; iii) opiniones solicitadas por el Ministerio Público, en el marco de investigaciones que tiene carácter reservado, en el marco de lo establecido en el numeral 1 del artículo 324 del Código Procesal Penal aprobado por Decreto Legislativo N° 957; y, iv) opiniones solicitadas por los órganos del Sistema Nacional de Control, en aplicación del Principio de Reserva al que alude el literal n) del artículo 9 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias.
Conforme a lo establecido en el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, vigente a partir del 10/05/2021, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, tiene competencia exclusiva y excluyente para emitir opinión vinculante en materia de ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, y para desarrollar normas sobre dicha materia. En ese sentido, a partir de dicha fecha SERVIR no es competente en materia del Subsistema de compensaciones
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